sábado, 25 de marzo de 2017

Democracia Representativa (MCRC Paco Bono Sanz)

Democracia Representativa

Paco Bono Sanz




Movimiento de Ciudadanos hacia la República Constitucional –MCRC
DIARIO ESPAÑOL De la República Constitucional

1. ¿Qué es una democracia representativa?
Un sistema de poder dentro del Estado.
2. ¿Puede una monarquía ser democrática?
No, porque la democracia exige la forma de Estado republicana.
3. ¿Qué es una república?
Una forma de Estado cuyo principio fundamental es la igualdad de derechos y la igualdad de todos ante la ley.
4. ¿Cómo se estructura una democracia representativa?
Muy sencillo: representación, separación de poderes e independencia judicial.
5. ¿Representación?
Sí. En democracia, la Nación legisla y el Estado gobierna.
6. ¿Cómo legisla la Nación?
Se divide el mapa electoral español en distritos de unos cien mil habitantes. En cada distrito se celebran elecciones a la Asamblea Nacional (el actual Congreso de los diputados). Cada candidato, milite o no en un partido, se presenta acompañado de un suplente; un sólo candidato por alternativa. Los habitantes del distrito eligen entre las distintas opciones. Una vez conocidos los resultados, si ninguno de los aspirantes logra el 51% de los votos, se celebra una segunda vuelta en la que participan los dos candidatos más votados en la anterior elección. El ganador se convierte en el diputado del distrito, cargo que desempeñará durante los siguientes cuatro años.
7. ¡Un diputado por distrito!
Sí. Cada distrito tiene su diputado, que desarrollará su actividad entre la Asamblea y la oficina del distrito.
8. ¿La oficina del distrito?
Efectivamente. La oficina del diputado, que permanece abierta en el distrito para que sus habitantes o sus colectivos puedan ser recibidos por el diputado. Tanto el sueldo del diputado, como el de su secretaria/o, así como los gastos de la oficina serán sufragados por el distrito.
9. ¿Entonces el Estado no paga al diputado?
No. Porque el que paga manda, y el que manda aquí es el distrito. El diputado además podrá ser relevado de su puesto por iniciativa popular o de la junta de distrito si no cumple con sus compromisos electorales, o si comete algún acto de corrupción.
10. ¿Quién ocuparía su puesto en tal caso?
El suplente que le acompañó en las elecciones. Su suplente será su compañero, pero también su adversario político.
11. ¿En qué consiste la separación de poderes?
En que al Presidente del gobierno (de la república) lo eligen directamente los españoles con derecho a voto en un único distrito nacional y no los diputados de la Asamblea (como ocurre ahora).
12. ¿En elecciones diferentes de las de la Asamblea?
Sí señor. Cada candidato, milite o no en un partido, y previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley, se podrá presentar a las elecciones presidenciales. De igual forma que en los comicios del diputado de distrito, si ninguno de los aspirantes consigue el 51% de los votos, se deberá celebrar una segunda vuelta con los dos candidatos más votados en la primera elección. De esta forma, los ciudadanos pueden votar con el corazón (según su ideología) la primera vez, y con la cabeza (según sus intereses) en la segunda vuelta.
13. Gobernantes y legisladores separados.
Así es. Y enfrentados sin más límites que la constitución, que es la que otorga las garantías. Ambos poderes, gozando de la legitimidad de las urnas, se vigilarán mutuamente y se enfrentarán sin piedad. Entretanto, la Nación permanecerá tranquila y podrá dedicarse a sus cosas. El poder estará controlado.
14. ¿Y qué pasa con los jueces?
Los jueces no son un poder, pero sí tienen una facultad que hay que proteger: la de juzgar tanto a la comunidad política como a la comunidad civil.
15. ¿Cómo se garantiza su independencia?
La constitución lo hará. Los jueces gozarán de un gobierno propio, con presupuesto separado del Estado (que deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional). El gobierno de los jueces será elegido entre todos las personas relacionadas con la función judicial y la justicia, jueces, abogados en activo, profesores universitarios de derecho, secretarios judiciales, funcionarios de justicia, etc.
16. ¿Así de sencillo?
He aquí la democracia representativa, el objetivo de quienes luchan por la libertad política.
17. ¿Y por la igualdad?
Por la igualdad de oportunidades, la única igualdad que se puede alcanzar. La igualdad de condiciones es una utopía.
18. ¿Hay en España una democracia?
Dejemos que conteste a esta pregunta el amable lector que ha llegado hasta aquí.   Gracias por tu interés por la libertad. Cuando tú seas libre, yo seré libre. He aquí el fin del Movimiento Ciudadano hacia la República Constitucional (MCRC)